SITMAS Celebrando 50 Años Personería Jurídica Nº 76 de 28 de Septiembre de 1956 Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL) Década 1950 1955. Se promulga la Ley Nº24 de 11 de Febrero de 1955. por la cual se declara un día de descanso para los músicos en el territorio nacional (22 de noviembre día de Santa Cecilia). 1956. Se otorga la Personería Jurídica Nº76 del 28 de septiembre de 1956, del Ministerio de Trabajo, Previsión Social y Salud Publica al Sindicato de Trabajadores de la Música, Artistas y Similares de Panamá (SITMAS). Junta Directiva SITMAS Elegida el 16 de enero de 1956 Cargo Nombre •Presidente Ángelo Jaspe •Sec. General Félix Alemán •Sec. de Organización Manuel Icaza •Sec. de Finanzas Ezequiel Navarro + •Sec. de Actas y Corresp. Ricauter Jayes B. •Sec. de Relaciones Obrero y Conf. Arístides Lamboglia Sec. de Actos Sociales Marcelino Álvarez + •Asistencia Social Wilbert Morrison •Sec. de Prensa y Tito Contreras Propaganda Cargo Nombre •Presidente Ricauter Jayes B. •Vice-Presidente o Sec. General Marcelino Álvarez + •Sec. de Organización Eusebio Vergara + •Sec. de Finanzas Emilio Sempris + •Sec. de Actas y Correspondencia Mauricio Smith + •Sec. de Rel. Obreras y Conf. Pablo Ramos Grau •Sec. de Actos Sociales Luís Vásquez •Sec. de Asistencia Social José M. Sánchez •Sec. de Prensa y Propaganda Lionel Ríos A. Cargo Nombre •Presidente Ricauter Jayes B. •Sec. General Marcelino Álvarez + •Sec. de Organización Marcos Aguilera •Sec. de Finanzas Eusebio Vergara •Sec. de Actas y Correspondencia Lionel Ríos A. •Sec. de Rel. Obreras y Conf. Clarence Martín + •Sec. de Actos Sociales Noel Baker + •Sec. de Asistencia Social Manuel Mendoza •Sec. de Prensa y Propaganda José Vergara + Cargo Nombre •Presidente Eusebio Vergara •Secretario General Ricauter Jayes B. •Secretario de Organización Luís García •Secretario de Finanzas Clarence Martín + •Secretario de Actas y Corresp. Antonio A. Aldrete •Secretario de Rel. Obreras y Conf. Marcelino Álvarez + •Secretario de Asistencia Social Noel A. Baker + •Secretario Prensa y Propaganda Efraín Pin Castro Cargo Nombre •Presidente Luís A. Cajar + •Sec. General Silvestre Córdoba + •Sec. de Organización Julio De la Torre + •Sec. de Rel. Públicas Clarence Martín + •Tesorero Eusebio Vergara + •Sec. de Actas y Corresp. Narciso Zúñiga N. •Sec. Fiscalización Silvestre Lugo •Sec. Prensa y Propaganda Raúl Ortiz •Sec. de Conflictos Luís García Cargo Nombre •Presidente Jorge Lombardo •Sec. General Francisco Cho •Sec. de Organización Alcibíades Pittì •Sec. Obrero Conflictos Silvestre Córdoba + •Sec. de Finanzas Marcos Aguilera •Sec. de Actas y Corresp. Justo E. Schaw + •Sec. de Asistencia Social Leonardo Rubino •Sec. Actos Sociales Oscar De León •Sec. Prensa y Propaganda Raúl Ortiz Cargo Nombre •Presidente Alcibíades Pittì •Sec. General Tito Reid (Adolfo Riera) + •Sec. de Organización Julio La Torre + •Sec. Actas y Corresp. Alexis Castillo •Sec. de Finanzas Horacio Woo Bravo •Sec. de Rel. Publicas Chon Ferrer + •Sec. de Conf. Obrero Patronal Silvestre Córdoba + •Sec. Actos Sociales Fernando (Tito) Rodríguez •Sec. Asistencia Social Marcelino Álvarez + Juntas Directivas SITMAS Junta Directiva del SITMAS Cargo Nombre •Presidente Francisco Bruce + •Sec. General Silvestre Córdoba + •Sec. de Organización Manuel S. Nieto •Tesorero Merandis Neyles B. •Sec. de Actas y Corresp. Nelly Ríos F. + •Sec. de Fiscalización Arcelino Álvarez + •Sec. de Prensa y Prop. Rogelio de la Rosa + •Sec. Actos Sociales Fernando (Tito) Rodríguez Cargo Principal Suplente •Sec. General Oscar De León Cristóbal Toby Muñoz •Sec. de Organización Ezequiel Navarro + Daniel Bulgin •Sec. de Actas y Corresp. Justo E. Schaw + Máximo Rodríguez •Sec. de Defensa y Trabajo Claudio A. Vargas + José M. Lozada •Sec. De Fiscalización Héctor M. Juárez Adilio T. De Gracia •Sec. De Educación Ricauter Jayes B Ricardo Cerrud + •Sec. De Finanzas Santiago Castro A. Michael Simmonds •Sec. Relaciones Sociales Carlos Allen Cecilio Williams •Sec. Prensa y Prop. Ornilo Cortés Francisco Villamil Cargo Principal Suplente •Sec. General Oscar De León Juan E. Headley •Sec. de Organización Eugenio Dorch Alberto Phillips •Sec. de Actas y Corresp. Elsa E. Pinto Máximo Rodríguez •Sec. de Defensa y Trabajo Antonio “Tony Vargas + Fermìn Macías + •Sec. de Fiscalización Reginald Boyce Ildaura Saucedo •Sec. de Educación Tomas E. Calderón Marcos A. Watler •Sec. de Finanzas Santiago Castro A. José M. Medina •Sec. Relaciones Sociales Solange de Ramírez Nicolás Marshall •Sec. Prensa y Prop. Rogelio De la Rosa + Hermogenes Pino Junta Directiva del SITMAS Cargo Principal Suplente •Sec. General Silvestre Córdoba + Roberto Domínguez •Sec. de Organización Orlando Barros Jorge Madrid •Sec. de Actas y Corresp. Juan Sousa Rafael Moyano •Sec. de Defensa y Trabajo Cesar Figueroa Félix Miranda + •Sec. de Fiscalización Daniel Urriola Diógenes Gutiérrez •Sec. de Educación Alexis Castillo Nicolás Ceballo •Sec. de Finanzas Daniel González Víctor M. Reyes •Sec. Relaciones Sociales Sindo López William Lawrence •Sec. Prensa y Prop. René Camargo Armando Lasso Cargo Principal Suplente •Sec. General Gabriel Solís Noel Foster + •Sec. de Organización Santiago Castro A. Carlos Gómez •Sec. de Actas y Corresp. Marcela Troetsch Michael Simons •Sec. de Defensa y Trabajo Ricardo Cerrud + Miguel Serrano •Sec. de Fiscalización Víctor Cobham Samuel Archer •Sec. de Educación Danilo Pérez Nelly Ríos Fernández + •Sec. de Finanzas Cristóbal Muñoz Rangel Rodríguez •Sec. Relaciones Sociales Aixa de Muñoz Juan Coronel •Sec. Prensa y Prop. Máximo Rodríguez Jaime Chue Cargo Principal Suplente •Sec. General Gabriel Solís Noel Foster + •Sec. de Organización Santiago Castro A. Carlos Gómez •Sec. de Actas y Corresp. Roberto A. Mariette Michael Simons •Sec. de Defensa y Trabajo Ricardo Cerrud + Miguel Serrano •Sec. de Fiscalización Víctor Cobham Samuel Archer •Sec. de Educación Danilo Pérez Gladstone B. Gordón •Sec. de Finanzas Cristóbal Muñoz V. Fernando Herrera + •Sec. Relaciones Sociales Aixa de Muñoz Juan Coronel •Sec. Prensa y Prop. Máximo Rodríguez Jaime Chue 1990- 2000 1.Se obtuvo el Pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia, Sala Tercera de lo Contencioso Administrativa que declaro nulo por ilegal la Resolución D.M.92 de 4 de marzo de 1993; y expedida por el Despacho Superior del Ministerio, que revoco la Resolución DIGE (Dirección General de Empleo) Nº 10.92 de 29 de diciembre de 1992 que resolvía el problema en cuanto a la división de los beneficios económicos, estableciendo el 50% de esos ingresos para cada sindicato UNAP – SITMAS. 2. El nombramiento y reactivación de la Comisión Evaluadora como lo establece el Decreto Nº28 de 12 de agosto de 1985, durante los siguientes periodos 12 de junio 1998; 14 de julio de 1999. 1993. 10 mayo 1993, Se recurrió a la Sala Tercera Contenciosa Administrativa de la Corte Suprema de Justicia para reparar una injusticia proferida por las autoridades del MITRAB contenida en la Resolución NºDM-52 de 4 de marzo de 1993 que establecía criterios de clasificación entre los músicos y artistas y en función de ello distribuía ya sea a nuestro gremio o a la UNAP, la correspondiente suma económica derivada de la Ley Nº10 de 1974. La acción legal se fundamento en la existencia de privilegios, favoritismos, así como violaciones a la Ley Nº10 de 1974, el Decreto Nº38 de 1985, a su vez se solicito el restablecimiento de la formula del 50% o sea que tanto el SITMAS como la UNAP se le entregaran los beneficios económicos de las presentaciones de los extranjeros en partes iguales lo cual estaba recogido en la Resolución Nº DIGE-10-92 de 29 de diciembre de 1992. 1994 Decreto Nº28 del 12 de junio de 1994, se modifica el articulo tercero del Decreto Ejecutivo Nº38 de 12 de agosto de 1985, que se refiere a la presentación del talento extranjero en virtud de convenios e intercambios culturales entre los estados, refiriéndose principalmente al genero del llamado arte clásico en unidades artísticas como solistas, conjuntos de cámara, orquesta sinfónica y filarmónicas, coros, operas, ballet y demás agrupaciones artísticas que fueran presentadas por el estado extranjero o asociaciones sin fines de lucro en la Republica de Panamá. (Esto una vez más fue una agresión por parte de las autoridades de turno del Ministerio de Trabajo y Bienestar Social desde el punto de vista laboral (limitación del mercado laboral del músico nacional y la economía de los sindicatos al exonerar el pago del 5% y la cuota de paso de la contratación) como lo establece la ley Nº10 de 1974). Provoca serias y nuevas controversias y discrepancias entre el MITRADEL y sindicatos en cuanto a la objetividad establecida en la Ley, de dar traslado para la emisión de opiniones los contratos de artistas y músicos tanto extranjeros como nacionales, y el número folclórico. 1994. 15 de diciembre de 1994, el SITMAS se pronuncia por escrito a las autoridades y denuncia el exabrupto legal producido y señala los daños y perjuicios desde el punto de vista laboral, así como económico a los músicos individualmente y colectivamente a los sindicatos por la expedición del Decreto Nº28 de 12 de julio de 1994. 1995. 5 de abril de 1995, Se entrega el Proyecto de Carnaval 1996 del SITMAS, al Director General del IPAT (Instituto Panameño de Turismo). 1995. Decreto Ejecutivo Nº19 de 19 de julio de 1999, se modifica el articulo sexto del decreto Ejecutivo Nº38 de 12 de agosto de 1985, en cuanto a los requisitos para la presentación de la documentación relacionada con la contratación del talento extranjero y nacional. 1998. 12 de junio de 1998, Resolución del Despacho Ministerial D/M, en cumplimiento de los mandatos de la Ley Nº10 de 1974, se designa a los miembros o personas que integran la Comisión Evaluadora. Dicha medida hasta la fecha a resultado inoperante por la alta dosis de voluntad política, negligencia y omisión en la función de la mayoría de los funcionarios que tienen que ver con el desarrollo y ejecución de los mandatos de la Ley Nº10 de 1974. 1999. 14 de julio de 1999, Resolución del Despacho Ministerial D/M, en cumplimiento de los mandatos de la Ley Nº10 de 1974, se designa a los miembros o personas que integran la Comisión Evaluadora. Dicha medida hasta la fecha a resultado inoperante por la alta dosis de voluntad política, negligencia y omisión en la función de la mayoría de los funcionarios que tienen que ver con desarrollo y ejecución de los mandatos de la Ley Nº10 de 1974. Junta Directiva del SITMAS Cargo Principal Suplente •Sec. General Santiago Castro A Hermogenes Pino •Sec. de Organización Noel Foster + Georgie Thomas •Sec. de Actas y Corresp. Humberto Góndola Leticia Rodríguez •Sec. de Defensa y Trabajo Pablo Azael T. Miguel Serrano •Sec. de Finanzas Cristóbal Muñoz V. Ornilo Cortés •Sec. de Fiscalización Víctor Cobham Isaac Sánchez •Sec. de Rel. Sociales Samuel Vallejos Jorge A. Lombardo •Sec. Educ. y Cultura Marcos Watler Manuel Rodríguez •Sec. Prensa y Prop. Daniel Urriola Máximo Rodríguez Cargo Principal Suplente •Sec. General Santiago Castro A Víctor Cobham •Sec. de Organización Noel Foster + Marcelino Álvarez + •Sec. de Actas y Corresp. Luís García Humberto Góndola •Sec. de Defensa y Trabajo Claudio Tony Vargas + Isaac Sánchez •Sec. de Finanzas Cristóbal Muñoz V. Ornilo Cortés •Sec. de Fiscalización Rene Santos Miguel Serrano •Sec. de Rel. Sociales Enrique Valdés Manuel Rodríguez •Sec. Educ. y Cultura Jorge L. González Leticia Rodríguez •Sec. Prensa y Prop. Máximo Rodríguez Julio Zamora Cargo Principal Suplente •Sec. General Santiago Castro A Isaac Sánchez •Sec. de Organización Noel Foster + Blanca Delgado •Sec. de Actas y Corresp. Falconerys Bonilla Nelly Ríos F. + •Sec. de Rel O. Patronal Claudio Tony Vargas + Julio Zamora •Sec. de Finanzas Cristóbal Muñoz V. Humberto Góndola •Sec. de Fiscalización Víctor Cobham Alberto Fulo Dayley •Sec. de Com. Social Daniel Urriola Ernesto Fields •Sec. Educ. y Cultura Carlos López Marco P. Gallardo •Sec. Bienestar Social Jorge L. González Manuel Rodríguez •Sec. Rel. Intersindicales Virgilio R. Martín Leticia Rodríguez •Sec. Asuntos Legales Enrique Gaudiano V. Ricardo Carballo 2001. El 15 de enero de 2001. Pronunciamiento de la Procuraduría de la Administración en cuanto a que el párrafo Segundo del articulo Primero del Decreto Ejecutivo Nº28 de 12 de julio de 1994, infringe el articulo primero y segundo de la Ley Nº10 de 8 de enero de 1974, toda vez que establece un tratamiento distinto cuando se trata de asociaciones sin fines de lucro, y a que les exonera del cumplimiento de las exigencias legales previstas en la ley, todo ello en detrimento del artistas y músicos nacional (visto 6 enero 2001). 2001. 4 de mayo de 2001, se presenta a la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, recurso Contencioso Administrativo de Nulidad en contra del Decreto Nº28 de 1994, dictado por el Ministerio de Trabajo y Bienestar Social y la Presidencia de la Republica de Panamá por ser violatoria a lo establecido por la Ley Nº10 de 1974, mediante la cual exonera del pago del impuesto de 5% del contrato y cuota de paso, a los espectáculos de artistas y extranjeros que se presenten en el país que fuesen organizados por asociaciones sin fines de lucro, intercambios culturales y del genero de músicos clásicos o eruditos internacional, quedando obligado todo empresario a cotizar el 5% del valor de la contratación a los sindicatos respectivos como la cuota de paso sindical y el 17./% al fisco en concepto de renta favorable (hasta la fecha no se ha producido el fallo correspondiente) 16 de septiembre de 2005. Este Decreto en opinión de la Procuradora de la Administración y el SITMAS contradice lo establecido directamente la Ley Nº10 de 1974, así como el Decreto Nº38 de 1985, los cuales no establecen distinción alguna ni exonera ningún espectáculo trátese de música clásica o erudita. En esa misma demanda se pide la suspensión inmediata del decreto impugnado así como la declaración de nulidad del mismo. 2001. 18 de mayo de 2001, La Corte Suprema de Justicia Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo, no accede a la petición de Suspensión provisional de los efectos del articulo primero del Decreto Ejecutivo Nº28 de 12 de julio de 1994, dictado por el MITRADEL, igualmente destaca que esta decisión no debe considerarse un pronunciamiento adelantado de esta sala en relación con la presentación del demandante, que se decidirá al resolver el fondo del presente proceso. El espíritu de la norma no establece un simple formulismo de envió de documentación a los sindicatos, pues el sentido real es el de hacer participe a los gremios de la tramitación, en la búsqueda de la protección de los derechos de los músicos y sindicatos darle otra interpretación o connotación es desconocer el alcance y contenido de la norma de carácter procedimental, derivadas de una garantía procesal con rango constitucional como lo es el debido proceso. El 30 de mayo de 2001, el Magistrado sustentador a través de Providencia (ver entrada 243-01) decidió admitir la demanda propuesta para que se declare Nulo por ilegal, el articulo primero del Decreto ejecutivo Nº28 de 12 de julio de 1994 (ver 248-01). 20 de Agosto de 2001, se presenta ante la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia. Escrito de oposición al Recurso de Apelación interpuesta por la Procuraduría de la Administración. El 22 de octubre de 2001, confirman la Resolución y se retira la admisión de la Demanda propuesta. Cargo Principal Suplente •Sec. General Cristóbal Muñoz V. Víctor Cobham •Sec. de Organización José Alaìn Julio Zamora •Sec. de Actas y Corresp. Jenny Aguilar Blanca Delgado •Sec. de Rel O. Patronal Claudio Tony Vargas + Alberto Fulo Dayley •Sec. de Finanzas Santiago Castro A. Isaac Sánchez •Sec. de Fiscalización Prof. Elisa de Céspedes Elian Davis •Sec. de Com. Social Ernesto Fields Humberto Góndola •Sec. Educ. y Cultura Reginald Boyce Gilberto Recuero •Sec. Bienestar Social Henry Gorgona Leticia Rodríguez •Sec. Rel. Intersindicales Noel Foster + Marcos Watler •Sec. Asuntos Legales Dr. Ronald Hurley Marco P. Gallardo Cargo Principal Suplente •Sec. General Cristóbal Muñoz V. Víctor Cobham •Sec. de Organización Isaac Sánchez Blanca Delgado •Sec. de Actas y Corresp. Leticia Rodríguez Olimpo Guerrero •Sec. de Rel O. Patronal Carlos López Julio Zamora •Sec. de Finanzas Santiago Castro A. Humberto Góndola •Sec. de Fiscalización Prof. Elisa de Céspedes Marcos Gallardo •Sec. de Com. Social Ernesto Fields Alberto Fulo Dayley •Sec. Educ. y Cultura Reginald Boyce Marcos Watler •Sec. Bienestar Social Miguel Serrano Aguedo Acosta •Sec. Rel. Intersindicales Jorge Lombardo Dulcidia Palacios •Sec. Asuntos Legales Daniel Urriola Irving Choy
Década del 50
Elegida el 23 de enero de 1957
Elegida el 24 de marzo de 1958 -1959
escogida el 01 de Diciembre de 1966
Elegida el 7 de Septiembre de 1967 para el periodo 1967 - 1968
Elegida el 20 de Abril de 1969
Década del 70
Elegida el 2 de Marzo de 1972
Elegida el 10 de Agosto de 1976 para el periodo 1976 - 1978
Elegida el 10 de Abril de 1979 para el periodo 1979 - 1981
Década del 80
Elegida el 13 de Septiembre de 1982 para el periodo 1982 - 1984
Elegida el 20 de Octubre de 1985 para el periodo 1985 - 1987
Elegida el 24 de Enero de 1988 para el periodo 1988 - 1990
Década del 90
Elegida el 27 de Octubre de 1991 para el periodo 1991 - 1993
Elegida el 14 de Agosto de 1994 para el periodo 1994 - 1996
Elegida el 20 de Julio de 1997 para el periodo 1997 - 2000
Elegida el 29 de Octubre de 2000 para el periodo 2000 - 2003
Elegida el 29 de Octubre de 2000 para el periodo 2003 - 2006